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Protección de Datos recrimina al Ministerio del Interior por anomalías en la videovigilancia de las cárceles
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Protección de Datos recrimina al Ministerio del Interior por anomalías en la videovigilancia de las cárceles
Protección de Datos recrimina al Ministerio del Interior por anomalías en la videovigilancia de las cárceles
La Agencia encargada de velar por la confidencialidad de la información que Administración y empresas poseen de los ciudadanos concluye que Prisiones infringió durante 12 años la ley con el uso de las cámaras. Califica la irregularidad sólo de “leve”.
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El responsable de prisiones, Ángel Yuste, junto al ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, en una imagen de archivo
Tirón de orejas al Ministerio del Interior. La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), el órgano encargado de velar por la confidencialidad de la información que la Administración y las empresas poseen de los ciudadanos, ha concluido finalmente el expediente abierto contra Instituciones Penitenciarios por las supuestas anomalías detectadas en el sistema de videovigilancia de las 70 cárceles españolas. Y lo ha hecho declarando al departamento de Jorge Fernández Díaz autor de una infracción “leve”. Según la resolución, a la que ha tenido acceso Vozpópuli, el organismo considera que Interior ha vulnerado el artículo 5.1 de la Ley de Protección de datos que obliga a colocar en la zonas videovigiladas de los centros penitenciarios españoles distintivos informativos ubicados “en lugar suficientemente visible” y a tener a disposición de las personas que pudieran resultar grabadas impresos con la información relacionada con sus derechos en este sentido. El fallo da a Prisiones un mes de plazo para subsanar la deficiencia. Ese plazo finaliza a finales de abril.
El expediente contra Prisiones se inicio tras un escrito del sindicato ACAIP que denunciaba que se utilizaban las cámaras para controlar el trabajo de los funcionarios
La resolución viene motivada por una denuncia presentado por el sindicato Agrupación de los Cuerpos de Administración de Instituciones Penitenciarias (ACAIP) en sendos escritos del 3 y el 15 de octubre de 2013, hace año y medio, en los que se aseguraba que las cámaras de videovigilancia del Centro Penitenciario Madrid III-Valdemoro (Madrid) estaban siendo utilizadas no sólo para vigilar a los reclusos, sino también como “sistema de control de la actividad laboral de los funcionarios que efectúan las rondas de vigilancia nocturnas”. Según se detallaba en aquella denuncia, recogida en el expediente de Protección de Datos al que ha tenido acceso este diario, las imágenes registradas de los trabajadores eran “grabadas en un pendrive que es entregado a la Dirección [del centro]”. “Reseñas de las grabaciones se contienen en anotación en el Libro Oficial de Incidencias” de la cárcel, destacaba ACAIP.
Con dicha denuncia en la mano, la Agencia solicitó a Institución Penitencias información sobre los hechos denunciados. Prisiones no respondió hasta abril de 2014 con un escrito en el que además de detallar que el sistema de videovigilancia de esta cárcel madrileña constaba de 194 cámaras, también reconocía que no existían carteles informativos, aunque justificaba dicha irregularidad en “la naturaleza y finalidad de dicho sistema de contribuir a garantizar la seguridad del centro y la custodia de detenidos, presos y penados”. En dicha respuesta, se admitía que las imágenes se grababan en un disco duro y que las mismas se conservaban “unos días”. “El tiempo promedio de almacenamiento de las grabaciones es de unos 9 días, que pueden aumentar o disminuir dependiente de la resolución de las imágenes grabadas”, detallaba. Interior rechazaba que las cámaras se utilizaran para controlar el trabajo de los funcionarios porque “existen otros mecanismo de control” e insistía que su único fin era garantizar la seguridad de los funcionarios ante un hipotético incidente con reclusos. A pesar de que aseguraba que hasta este momento nunca había “conocido ninguna queja por parte de los funcionarios”, a continuación admitía haber recibido escritos de varios de ellos por la captación de imágenes de ellos durante el servicio nocturno en los que solicitaban el derecho de acceso y cancelación de las mismas.
“En espacios abiertos y cerrados”
Ahora la resolución viene a dar la razón a los funcionarios de prisiones, pero sólo en parte ya que, si bien reconoce irregularidades, las tilda de “leve”. De hecho la Agencia se limita a obligar a Interior a colocar el distintivo de ‘zona videovigilada’ “tanto en espacios abiertos como cerrados” de las cárceles, y aunque no considera necesario que lo instale debajo de cada cámara, sí cree imprescindible hacerlo “como mínimo en los accesos a las zonas vigiladas sean estos exteriores o interiores de modo que no se produzca el acceso de las personas sujetas a la videovigilancia sin la oportunidad de conocer la existencia de las videocámaras”. En el caso de que el centro penitenciario tenga varios entradas, el Ministerio deberá colocarlo dichos carteles de advertencia “en todos ellos al objeto de que la información sea visible con independencia de por donde se accede”. Para dejar constancia de que ha subsanado las deficiencias, la AEPD exige a Interior que le remita en las próximas semanas fotografías de los carteles instalados “indicándose en qué sitio se ha colocado cada uno, así como de la disponibilidad y modalidad de los impresos informativos”. Instituciones Penitenciarias asegura haber adquirido ya los carteles informativos y estar a punto de remitirlo a todas la cárceles para su instalación.
Protección de Datos obliga al Ministerio del Interior a colocar los carteles e impresos informativos en todas las cárceles españolas antes de que acabe el mes de abril
ACAIP critica que la Agencia haya ceñido su investigación a la falta de carteles e impresos informativos y haya dejado sin sanción la inexistencia hasta ahora en Instituciones Penitenciarias de un fichero de videovigilancia registrado donde se guarden con todas las garantías las imágenes grabadas. ACAIP destacaba en su denuncia que la Ley de Protección de Datos había entrado en vigor en diciembre de 1999 y que daba tres años a la Administración y las empresas para inscribir todos aquellos ficheros que tuvieran, incluidos los de videovigilancia. Sin embargo, cumplido el plazo a finales de 2002, y con el actual secretario general de Instituciones Penitenciarias, Ángel Yuste, también como máximo responsable de las cárceles españolas, no se hizo. Tampoco durante los gobiernos socialista de José Luis Rodríguez Zapatero. En estos doce años, sin embargo, la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias sí registró en la Agencia otros 41 ficheros.
En este caso, el organismo que vela por la confidencialidad de la información de los ciudadanos considera que esta irregularidad ya no es sancionable ya que Interior había iniciado antes de que se presentase la denuncia de ACAIP “diversos trámites” ante la propia AEPD para la creación de éste. “De la información obrante en esta Agencia, se extrae que la creación e inscripción del correspondiente fichero se encontraba en tramitación con anterioridad a la presentación de la denuncia, lo que excluiría la exigencia de responsabilidad por tales hechos por falta de culpabilidad de la denunciada”, se recoge en la resolución. Un argumento que es criticado desde el sindicato de funcionarios de prisiones, que considera que Prisiones inició los trámites de inscripción de dicho fichero ante la Agencia cuando la denuncia ya se había presentado. El pasado 5 de diciembre, el BOE publicaba su creación.
“Sólo ahora, cuando lo hemos denunciado, se han apresurado a hacerlo y, además, de modo parcial”, insisten a este diario desde el sindicato, que resaltan que, como se recoge en el BOE, el nuevo fichero sólo incluye las imágenes que se registren en “el control de acceso y tránsito de los departamentos de acceso y comunicaciones de los establecimientos penitenciarios”. Es decir, aquellos por los que transitan familiares y visitantes de los reclusos. Por ello, responsables de ACAIP han anunciado a este diario su intención de recurrir la resolución de Protección de Datos. Para los funcionarios de prisiones, “la Agencia ha olvidado algo fundamental en todo el proceso: durante doce años se ha estado grabando a funcionarios, presos y familiares de éstos saltándose la legalidad”.
Fuente Vozpopuli
@Vigtorre
http://www.vigilanteseguridadprivada.wordpress.com
La Agencia encargada de velar por la confidencialidad de la información que Administración y empresas poseen de los ciudadanos concluye que Prisiones infringió durante 12 años la ley con el uso de las cámaras. Califica la irregularidad sólo de “leve”.
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El responsable de prisiones, Ángel Yuste, junto al ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, en una imagen de archivo
Tirón de orejas al Ministerio del Interior. La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), el órgano encargado de velar por la confidencialidad de la información que la Administración y las empresas poseen de los ciudadanos, ha concluido finalmente el expediente abierto contra Instituciones Penitenciarios por las supuestas anomalías detectadas en el sistema de videovigilancia de las 70 cárceles españolas. Y lo ha hecho declarando al departamento de Jorge Fernández Díaz autor de una infracción “leve”. Según la resolución, a la que ha tenido acceso Vozpópuli, el organismo considera que Interior ha vulnerado el artículo 5.1 de la Ley de Protección de datos que obliga a colocar en la zonas videovigiladas de los centros penitenciarios españoles distintivos informativos ubicados “en lugar suficientemente visible” y a tener a disposición de las personas que pudieran resultar grabadas impresos con la información relacionada con sus derechos en este sentido. El fallo da a Prisiones un mes de plazo para subsanar la deficiencia. Ese plazo finaliza a finales de abril.
El expediente contra Prisiones se inicio tras un escrito del sindicato ACAIP que denunciaba que se utilizaban las cámaras para controlar el trabajo de los funcionarios
La resolución viene motivada por una denuncia presentado por el sindicato Agrupación de los Cuerpos de Administración de Instituciones Penitenciarias (ACAIP) en sendos escritos del 3 y el 15 de octubre de 2013, hace año y medio, en los que se aseguraba que las cámaras de videovigilancia del Centro Penitenciario Madrid III-Valdemoro (Madrid) estaban siendo utilizadas no sólo para vigilar a los reclusos, sino también como “sistema de control de la actividad laboral de los funcionarios que efectúan las rondas de vigilancia nocturnas”. Según se detallaba en aquella denuncia, recogida en el expediente de Protección de Datos al que ha tenido acceso este diario, las imágenes registradas de los trabajadores eran “grabadas en un pendrive que es entregado a la Dirección [del centro]”. “Reseñas de las grabaciones se contienen en anotación en el Libro Oficial de Incidencias” de la cárcel, destacaba ACAIP.
Con dicha denuncia en la mano, la Agencia solicitó a Institución Penitencias información sobre los hechos denunciados. Prisiones no respondió hasta abril de 2014 con un escrito en el que además de detallar que el sistema de videovigilancia de esta cárcel madrileña constaba de 194 cámaras, también reconocía que no existían carteles informativos, aunque justificaba dicha irregularidad en “la naturaleza y finalidad de dicho sistema de contribuir a garantizar la seguridad del centro y la custodia de detenidos, presos y penados”. En dicha respuesta, se admitía que las imágenes se grababan en un disco duro y que las mismas se conservaban “unos días”. “El tiempo promedio de almacenamiento de las grabaciones es de unos 9 días, que pueden aumentar o disminuir dependiente de la resolución de las imágenes grabadas”, detallaba. Interior rechazaba que las cámaras se utilizaran para controlar el trabajo de los funcionarios porque “existen otros mecanismo de control” e insistía que su único fin era garantizar la seguridad de los funcionarios ante un hipotético incidente con reclusos. A pesar de que aseguraba que hasta este momento nunca había “conocido ninguna queja por parte de los funcionarios”, a continuación admitía haber recibido escritos de varios de ellos por la captación de imágenes de ellos durante el servicio nocturno en los que solicitaban el derecho de acceso y cancelación de las mismas.
“En espacios abiertos y cerrados”
Ahora la resolución viene a dar la razón a los funcionarios de prisiones, pero sólo en parte ya que, si bien reconoce irregularidades, las tilda de “leve”. De hecho la Agencia se limita a obligar a Interior a colocar el distintivo de ‘zona videovigilada’ “tanto en espacios abiertos como cerrados” de las cárceles, y aunque no considera necesario que lo instale debajo de cada cámara, sí cree imprescindible hacerlo “como mínimo en los accesos a las zonas vigiladas sean estos exteriores o interiores de modo que no se produzca el acceso de las personas sujetas a la videovigilancia sin la oportunidad de conocer la existencia de las videocámaras”. En el caso de que el centro penitenciario tenga varios entradas, el Ministerio deberá colocarlo dichos carteles de advertencia “en todos ellos al objeto de que la información sea visible con independencia de por donde se accede”. Para dejar constancia de que ha subsanado las deficiencias, la AEPD exige a Interior que le remita en las próximas semanas fotografías de los carteles instalados “indicándose en qué sitio se ha colocado cada uno, así como de la disponibilidad y modalidad de los impresos informativos”. Instituciones Penitenciarias asegura haber adquirido ya los carteles informativos y estar a punto de remitirlo a todas la cárceles para su instalación.
Protección de Datos obliga al Ministerio del Interior a colocar los carteles e impresos informativos en todas las cárceles españolas antes de que acabe el mes de abril
ACAIP critica que la Agencia haya ceñido su investigación a la falta de carteles e impresos informativos y haya dejado sin sanción la inexistencia hasta ahora en Instituciones Penitenciarias de un fichero de videovigilancia registrado donde se guarden con todas las garantías las imágenes grabadas. ACAIP destacaba en su denuncia que la Ley de Protección de Datos había entrado en vigor en diciembre de 1999 y que daba tres años a la Administración y las empresas para inscribir todos aquellos ficheros que tuvieran, incluidos los de videovigilancia. Sin embargo, cumplido el plazo a finales de 2002, y con el actual secretario general de Instituciones Penitenciarias, Ángel Yuste, también como máximo responsable de las cárceles españolas, no se hizo. Tampoco durante los gobiernos socialista de José Luis Rodríguez Zapatero. En estos doce años, sin embargo, la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias sí registró en la Agencia otros 41 ficheros.
En este caso, el organismo que vela por la confidencialidad de la información de los ciudadanos considera que esta irregularidad ya no es sancionable ya que Interior había iniciado antes de que se presentase la denuncia de ACAIP “diversos trámites” ante la propia AEPD para la creación de éste. “De la información obrante en esta Agencia, se extrae que la creación e inscripción del correspondiente fichero se encontraba en tramitación con anterioridad a la presentación de la denuncia, lo que excluiría la exigencia de responsabilidad por tales hechos por falta de culpabilidad de la denunciada”, se recoge en la resolución. Un argumento que es criticado desde el sindicato de funcionarios de prisiones, que considera que Prisiones inició los trámites de inscripción de dicho fichero ante la Agencia cuando la denuncia ya se había presentado. El pasado 5 de diciembre, el BOE publicaba su creación.
“Sólo ahora, cuando lo hemos denunciado, se han apresurado a hacerlo y, además, de modo parcial”, insisten a este diario desde el sindicato, que resaltan que, como se recoge en el BOE, el nuevo fichero sólo incluye las imágenes que se registren en “el control de acceso y tránsito de los departamentos de acceso y comunicaciones de los establecimientos penitenciarios”. Es decir, aquellos por los que transitan familiares y visitantes de los reclusos. Por ello, responsables de ACAIP han anunciado a este diario su intención de recurrir la resolución de Protección de Datos. Para los funcionarios de prisiones, “la Agencia ha olvidado algo fundamental en todo el proceso: durante doce años se ha estado grabando a funcionarios, presos y familiares de éstos saltándose la legalidad”.
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