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Mensaje por Biutre Vie Dic 12, 2014 3:56 pm

Todas las claves de la polémica Ley de Seguridad Ciudadana

Castigará el botellón, los escraches o las manifestaciones ante el Congreso

Extrae las faltas penales para convertirlas en sustanciosas multas administrativas

No es nuevo que las leyes que aprueba el Gobierno de Mariano Rajoy no contenten a casi nadie. El último ejemplo llega con la polémica Ley de Seguridad Ciudadana, cuyo anteproyecto se aprobó en Consejo de Ministros el pasado 29 de noviembre. Las disposiciones contempladas en la Ley que levantan ampollas son numerosas. 

De salir adelante la propuesta, se considerará como infracción muy grave -cuya multa puede alcanzar hasta los 600.000 euros- convocar una manifestación no autorizada. Y es más, conductas como el botellón, llevar pancartas ofensivas contra España o contra una comunidad autónoma a un partido de fútbol será constitutivo de una infracción por "ofensas a España" y supondrán una sanción grave, sancionables con hasta 30.000 euros. Los escraches ante las casas de los políticos, la oposición "violenta" a un desahucio o las manifestaciones ante el Congreso o ante las Cámaras autonómicas, están también entre las conductas que el Ejecutivo quiere criminalizar.No en vano, la Ley del titular de Interior, Jorge Fernández Díaz, ya ha sido bautizada como la 'Ley de la patada en la boca', en contraposición a la 'Ley Corcuera' de 1992 a la que se llamó la 'Ley de la patada en la puerta' y que el Tribunal Constitucional acabó tumbando. Otros nombres son 'Ley anti15M' o 'Ley antiprotesta'. Y es que, hay quienes han visto que bajo el pretexto de proteger a los ciudadanos y a policías, en verdad lo que se trata de proteger es a la clase política de las protestas sociales ante los recortes.Lo cierto es que nuevamente el Ejecutivo puede presumir de poner de acuerdo a casi todo el mundo. De acuerdo en que el proyecto "es un despropósito" e impone "multas desorbitadas". Una "ley mordaza contra la ciudadanos" que no puede prosperar porque "pone en serio riesgo los derechos civiles y democráticos", tal y como han denunciado numerosos movimientos sociales, sindicatos, los grupos parlamentarios de la oposición, las asociaciones de jueces y fiscales y miles de ciudadanos. Incluso el Consejo de Europa se ha pronunciado: El comisario de Derechos Humanos del Consejo de Europa, Nils Muiznieks, consideró hoy que la ley de Seguridad Ciudadana promovida por el Gobierno español es "altamente problemática" y expresó su preocupación por la proporcionalidad de las multas propuestas.

Más poder para el Gobierno y la Policía

Otra de las preocupaciones que despierta la propuesta es que estas infracciones, al salir del Código Penal, se impondrán por decisión de la Administración, de modo que bastará la palabra de un policía sin que intervenga un juez como sucedía cuando eran faltas tipificadas penalmente. El ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, ha asegurado que se trata de una alternativa que está en la línea de lo que hacen otros países europeos y "aumentará para bien la agilidad" del Estado a la hora de "salvaguardar la seguridad".Tampoco él ha convencido. En realidad,la nueva Ley sanciona, administrativamente, conductas que el Código Penal recogía como faltas, pero dándones un castigo económico mucho mayor y sin las garantías que, hasta ahora, otorgaba un juicio para el ciudadano. Y en los últimos meses, los jueces han venido dando sistemáticamente la razón a los ciudadanos tanto en las manifestaciones no autorizadas cerca del Congreso como en los escraches contra políticos. Ahora el Gobierno les saca de la ecuación, si bien los ciudadanos podrán acudir a la vía judicial para recurrir la sanción administrativa, eso sí, previo pago de las tasas judiciales de Gallardón.El portavoz de la asociación de jueces Francisco de Vitoria, Marcelino Sexmero, opina que "parece una ley de excepción, que no va en consonancia con la democracia y recuerda la ley de vagos y maleantes del franquismo".Para Joaquim Bosch, de Jueces para la Democracia, las "multas son desorbitadas" y atienden al objetivo del Gobierno de "desalentar a los ciudadanos a ejercer derechos fundamentales". Y ha lamentado que "parece que el Gobierno desconfía de los jueces y pretender arrogarse la capacidad de sancionar conductas con discrecionalidad extrema y conceptos jurídicos indeterminados, que pueden llevar a actuar de manera muy autoritaria". Y el presidente de la Unión Progresista de Fiscales, Álvaro García, ha asegurado que la norma "es más peligrosa de lo que la gente pueda creer y un arma brutal de acción inmediata".Con todo, el PP sigue en sus trece y defiende que con este texto se complementa el proyecto de Código Penal, que se tramita en el Parlamento, y del que desaparecen las faltas.

Multas de hasta 600.000 euros

Entre las nuevas sanciones muy graves incluidas en la futura Ley, que acarrearán multas de entre 30.001 y 600.000 euros, está la convocatoria a cualquier reunión o manifestación, "con finalidad coactiva" desde el fin de campaña electoral hasta el fin de la votación.Se consignan en este apartado las reuniones o manifestaciones no comunicadas o prohibidas en lugares considerados infraestructuras críticas (como hospitales, aeropuertos o centrales nucleares, etc.), así como la intrusión en los recintos de éstas, incluyendo su sobrevuelo, y la interferencia ilícita u obstrucción en su funcionamiento, siempre que conlleven riesgo para las personas o perjuicio para su funcionamiento.También, la proyección de dispositivos como los lapiceros láser sobre medios de transporte que puedan provocar accidentes, y la fabricación, comercio y tenencia ilegal de armas y explosivos no catalogados; así como celebrar espectáculos públicos o recreativos quebrantando la prohibición o suspensión ordenada por la autoridad así como "la perturbación muy grave de la seguridad ciudadana" en actos públicos, espectáculos deportivos o culturales, y en oficios religiosos". Además, la acumulación de tres faltas graves en un mismo año será falta muy grave.

Consignas o pancartas contra España

La propuesta del PP incluye una sanción nueva, contra algo tan abstracto -que el Gobierno deberá detallar más adelante- como las "ofensas o ultrajes a España, a las comunidades autónomas y entidades locales o a sus instituciones, símbolos, himnos o emblemas, efectuadas por cualquier medio, cuando no sean constitutivos de delito". Así, como ejemplificó el ministro de Interior, se trataría de que en una manifestación haya consignas o pancartas "claramente vejatorias con España o una de sus comunidades, o sus símbolos, sus instituciones, o la bandera de España".Estas actuaciones serán consideradas como una infracción grave, o lo que es lo mismo, tendrán una multa de entre 1.000 y 30.000 euros.En este apartado de "sanciones graves"se incluyen, asimismo, las concentraciones no comunicadas ante instituciones del Estado como el Congreso, el Senado, los Parlamentos autonómicos o los altos tribunales; así como las manifestaciones y reuniones sin autorización y la negativa a disolver las acordadas por la autoridad. También cuando se produzcan en centrales nucleares, aeropuertos, etc., y no estén calificadas de "conductas muy graves".Pero el Gobierno no se detiene ahí: la participación en alteraciones de la seguridad ciudadana usando capuchas, cascos o cualquier otro tipo de prenda u objeto que cubra el rostro, impidiendo o dificultando la identificación se considerará falta grave -hasta ahora no se tenía en cuenta la vestimenta de los manifestantes-; al igual que la perturbación de la seguridad ciudadana que se produzca con ocasión de reuniones frente a las sedes del Congresode los Diputados, el Senado y las Asambleas Legislativas de las comunidades autónomas, "aunque no estuvieran reunidos, siempre que se ignoren los requisitos de la Ley Orgánica del derecho de reunión".

Multa para quien se oponga a un desahucio

En este larguísimo apartado de infracciones graves, la polémica Ley incluye una amplia gama de situaciones que van desde sancionar el botellón, las cundas o el transporte de drogadictos a los centros de compra. También ofrecer o aceptar servicios de prostitución en la calle y escalar de edificios de organismos públicos o de interés histórico-artístico sin autorización. Finalmente, la falta de colaboración con las Fuerzas de Seguridad en la averiguación de delitos y la realización o incitación de actos contra la indemnidad sexual de menores o personas con discapacidad si no existe delito, podrán también ser sancionados con estas duras multas.Falta grave lo será, asimismo, impedir la actuación de funcionarios públicos en cumplimiento de sus funciones, como en la oposición de ejecuciones hipotecarias.Y se incluye el uso de palabras, signos y símbolos que alteren el orden público o promuevan violencia contra la mujer, xenofobia o racismo. También, lo será el uso de armas fuera de sitios autorizados o su empleo de forma negligente; y los daños o el deslucimiento de bienes muebles o inmuebles de uso público: señales de circulación, farolas, marquesinas o papeleras.Hasta 30.000 euros se podrá sancionar, asimismo, los desórdenes graves en una vía pública; provocar incendios que representen un peligro para las personas o bienes; obstruir a la autoridad cuando vaya a ejecutar un desahucio; o la negativa a identificarse cuando sea requerido por la policía.También contempla multas con esta cuantía euros a quienes pasee sin correa a su perro: dice la Ley, quienes lleven a sus animales "sueltos o en condiciones de causar daños". La buena noticia, es que también castiga su maltrato o abandono.La comisión de tres infracciones leves en el plazo de dos años se calificará de falta grave.

Grabar a la policía con el móvil

Y la lista sigue. En el apartado de "infracciones leves" cuyas multas oscilarán entre los 101 y 1.000 euros, contempla "amenazar, coaccionar, faltar al respeto o vejar a un miembro de la policía o grabarle con un móvil".Precisamente, esta disposición es otra de las que más ha enervado a la ciudadanía, que encuentra en esta medida un riesgo de no poder denunciar una mala praxis por parte de las fuerzas del orden, como ocurrió recientemente con los Mossos d'Esquadra que golpearon a un empresario, finalmente fallecido, tal y como se mostró en los vídeos caseros grabados por unos vecinos.También las alteraciones en el orden público o el incumplimiento de las restricciones de circulación peatonal o itinerario de un acto público; la colocación no autorizada en la vía pública de tenderetes, tiendas de campaña o construcciones portátiles; la práctica de juegos o de actividades deportivas en espacios públicos; o el escalamiento de edificios o monumentos sin autorización, serán calificadas de faltas levesLa normativa, regula, además, el valor probatorio del DNI y del pasaporte y se establecen los deberes de los titulares de estos documentos, incorporando la posibilidad de firma electrónica. A este respecto, mantiene la exigencia de exhibirlos a requerimiento de los agentes de la autoridad y la obligación de permitir la comprobación.Por último, amplía de seis meses a un año la caducidad de los expedientes sancionadores, al tiempo que regula el régimen de sujetos responsables. Así, se concreta quiénes pueden ser considerados responsables solidarios (titulares de establecimientos, promotores de espectáculos, convocantes de manifestaciones, etc.) y se incorpora la responsabilidad solidaria de padres, tutores o guardadores legales o de hecho por daños ocasionados por menores.Leer más:  Todas las claves de la polémica Ley de Seguridad Ciudadana - elEconomista.es  http://www.eleconomista.es/interstitial/volver/202307782/legislacion/noticias/5381084/12/13/Todas-las-claves-de-la-polemica-Ley-de-Seguridad-Ciudadana.html#Kku8WdpcTO6nE1pn
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