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Interior rectifica su ley de seguridad y los vigilantes privados no reprimirán protestas
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Interior rectifica su ley de seguridad y los vigilantes privados no reprimirán protestas
Interior rectifica su ley de seguridad y los vigilantes privados no reprimirán protestas
E Ministerio del Interior ha introducido nuevos cambios en el anteproyecto de la Ley Orgánica para la Protección de la Seguridad Ciudadana con la intención de asegurarse la constitucionalidad del texto y rebajar la controversia que habían generado la mayoría de sus artículos, destinados a sustituir toda la legislación vigente desde 1992 sobre la persecución por la vía administrativa de los comportamientos incívicos y los desórdenes públicos. En los próximos días podrían producirse, además, otras modificaciones tras la aprobación del informe del Consejo de Estado, el último de los .
Según ha podido saber este diario, finalmente, la cartera que encabeza Jorge Fernández Díaz ha dado marcha atrás y ha decidido eliminar del articulado la posibilidad de que los vigilantes de seguridad privada puedan colaborar con las Fuerzas de Seguridad públicas en el mantenimiento del orden durante las manifestaciones y concentraciones. Pero no es el único cambio que Interior ha introducido a última hora. Los menores sancionados por consumo o posesión de drogas podrán evitar la multa si acreditan que están sometiéndose a un tratamiento de desintoxicación. Hasta ahora, el texto no hacía ningún tipo de distinción en función de la edad
Fuente:
http://www.elconfidencial.com/espana/2014-07-04/interior-rectifica-su-ley-de-seguridad-y-los-vigilantes-privados-no-reprimiran-protestas_156223/
E Ministerio del Interior ha introducido nuevos cambios en el anteproyecto de la Ley Orgánica para la Protección de la Seguridad Ciudadana con la intención de asegurarse la constitucionalidad del texto y rebajar la controversia que habían generado la mayoría de sus artículos, destinados a sustituir toda la legislación vigente desde 1992 sobre la persecución por la vía administrativa de los comportamientos incívicos y los desórdenes públicos. En los próximos días podrían producirse, además, otras modificaciones tras la aprobación del informe del Consejo de Estado, el último de los .
Según ha podido saber este diario, finalmente, la cartera que encabeza Jorge Fernández Díaz ha dado marcha atrás y ha decidido eliminar del articulado la posibilidad de que los vigilantes de seguridad privada puedan colaborar con las Fuerzas de Seguridad públicas en el mantenimiento del orden durante las manifestaciones y concentraciones. Pero no es el único cambio que Interior ha introducido a última hora. Los menores sancionados por consumo o posesión de drogas podrán evitar la multa si acreditan que están sometiéndose a un tratamiento de desintoxicación. Hasta ahora, el texto no hacía ningún tipo de distinción en función de la edad
Fuente:
http://www.elconfidencial.com/espana/2014-07-04/interior-rectifica-su-ley-de-seguridad-y-los-vigilantes-privados-no-reprimiran-protestas_156223/
Re: Interior rectifica su ley de seguridad y los vigilantes privados no reprimirán protestas
Vigilantes en las manifestaciones
La posibilidad de que las empresas de seguridad privada se encargaran de mantener el orden en las manifestaciones era una de las principales novedades que recogía el anteproyecto de Interior. En la actualidad, sólo los funcionarios de la Policía Nacional, Guardia Civil, policías autonómicas y, en algunos casos, policías locales, están habilitados para poder limitar el ejercicio del derecho de manifestación. Pero el Ministerio pretendía incluir en las facultades del sector de seguridad este otro servicio, siguiendo el espíritu liberalizador de la Ley 5/2014 de Seguridad Privada , que ampliaba considerablemente las capacidades del sector privado de la seguridad.
La fórmula que escogió Interior para atribuir ese servicio a las empresas de seguridad era confusa. Aprovechó el artículo 23, que se refería a la colaboración entre Fuerzas y Cuerpos de Seguridad para el mantenimiento de la seguridad en reuniones y manifestaciones, para establecer en su punto segundo que “igualmente, las empresas y el personal de seguridad privada están obligados a colaborar eficazmente” en esa función con Policía, Guardia Civil y otros cuerpos. Aunque no se hacía de forma explícita, ese punto iba a permitir que vigilantes privados reprimieran concentraciones violentas mano a mano con agentes de las Unidades de Intervención Policial (UIP), por ejemplo, una imagen inédita en España.
Y así seguirá siendo. Según fuentes cercanas a la confección de la ley, Interior ha decidido eliminar cualquier referencia a la participación de la seguridad privada en la contención de las protestas en vía pública. El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y el Consejo Fiscal, dos de los cuatro órganos consultivos a los que Interior envió la norma –los otros dos son la Agencia Española de Protección de Datos y el Consejo de Estado–, no consideraron que esa ampliación de facultades fuera inconstitucional, pero sí advirtieron de que esa competencia está reservada en exclusiva a los funcionarios. Interior ha tenido en cuenta el aviso.
La posibilidad de que las empresas de seguridad privada se encargaran de mantener el orden en las manifestaciones era una de las principales novedades que recogía el anteproyecto de Interior. En la actualidad, sólo los funcionarios de la Policía Nacional, Guardia Civil, policías autonómicas y, en algunos casos, policías locales, están habilitados para poder limitar el ejercicio del derecho de manifestación. Pero el Ministerio pretendía incluir en las facultades del sector de seguridad este otro servicio, siguiendo el espíritu liberalizador de la Ley 5/2014 de Seguridad Privada , que ampliaba considerablemente las capacidades del sector privado de la seguridad.
La fórmula que escogió Interior para atribuir ese servicio a las empresas de seguridad era confusa. Aprovechó el artículo 23, que se refería a la colaboración entre Fuerzas y Cuerpos de Seguridad para el mantenimiento de la seguridad en reuniones y manifestaciones, para establecer en su punto segundo que “igualmente, las empresas y el personal de seguridad privada están obligados a colaborar eficazmente” en esa función con Policía, Guardia Civil y otros cuerpos. Aunque no se hacía de forma explícita, ese punto iba a permitir que vigilantes privados reprimieran concentraciones violentas mano a mano con agentes de las Unidades de Intervención Policial (UIP), por ejemplo, una imagen inédita en España.
Y así seguirá siendo. Según fuentes cercanas a la confección de la ley, Interior ha decidido eliminar cualquier referencia a la participación de la seguridad privada en la contención de las protestas en vía pública. El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y el Consejo Fiscal, dos de los cuatro órganos consultivos a los que Interior envió la norma –los otros dos son la Agencia Española de Protección de Datos y el Consejo de Estado–, no consideraron que esa ampliación de facultades fuera inconstitucional, pero sí advirtieron de que esa competencia está reservada en exclusiva a los funcionarios. Interior ha tenido en cuenta el aviso.
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