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La sentencia P2P: más leña al fuego
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La sentencia P2P: más leña al fuego
Golpe a la SGAE: una sentencia declara legal el P2P en España
El magistrado del Juzgado Mercantil número 7 de Barcelona ha desestimado la demanda presentada por la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) contra la página web elrincondejesus.com porque considera que "el sistema de enlaces constituye la base misma de internet".
"En el sentido amplio, el sistema de enlaces constituyen la base misma de internet y multitud de páginas y buscadores (como google) permiten (...) enlazar a las llamadas redes P2P", ha señalado el juez en la sentencia, que ha hecho pública la Asociación de Internautas a través de su pagina web.
El magistrado ha añadido que el sitio web elrincondejesus.com no recibe pago alguno por el servicio que ofrece y se limita a "orientar a los usuarios para acceder a las redes de intercambio de archivos P2P, mediante el sistema de menús, carteles o portadas con títulos de películas u obras musicales".
En su opinión, "el sistema de enlaces no supone ni distribuir, ni reproducir, ni comunicar públicamente obras protegidas" y "no vulnera los derechos de explotación que les confiere a los autores la Ley de Propiedad Intelectual".
El abogado del propietario de la página web elrincondejesus, Carlos Sánchez Almeida, ha calificado de "histórica" esta sentencia porque "establece un punto de partida para el futuro de internet en España".
El magistrado del Juzgado Mercantil número 7 de Barcelona ha desestimado la demanda presentada por la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) contra la página web elrincondejesus.com porque considera que "el sistema de enlaces constituye la base misma de internet".
"En el sentido amplio, el sistema de enlaces constituyen la base misma de internet y multitud de páginas y buscadores (como google) permiten (...) enlazar a las llamadas redes P2P", ha señalado el juez en la sentencia, que ha hecho pública la Asociación de Internautas a través de su pagina web.
El magistrado ha añadido que el sitio web elrincondejesus.com no recibe pago alguno por el servicio que ofrece y se limita a "orientar a los usuarios para acceder a las redes de intercambio de archivos P2P, mediante el sistema de menús, carteles o portadas con títulos de películas u obras musicales".
En su opinión, "el sistema de enlaces no supone ni distribuir, ni reproducir, ni comunicar públicamente obras protegidas" y "no vulnera los derechos de explotación que les confiere a los autores la Ley de Propiedad Intelectual".
El abogado del propietario de la página web elrincondejesus, Carlos Sánchez Almeida, ha calificado de "histórica" esta sentencia porque "establece un punto de partida para el futuro de internet en España".
Chávez invita a Fidel Castro y a Evo Morales a usar Twitter "para la batalla"
Chávez invita a Fidel Castro y a Evo Morales a usar Twitter "para la batalla"
Ya tiene más de 100.000 seguidores en su cuenta.
Cree que la batalla mediática hay que llevarla a las redes sociales.
Algunos le han acusado de estar usando un arma capitalista.
El presidente venezolano, Hugo Chávez, invitó "a todos los revolucionarios", entre ellos al presidente de Bolivia, Evo Morales, y al líder cubano Fidel Castro, a usar la red social Twitter "para la batalla ideológica".
"Evo, te invito; Fidel, te invito a que nos metamos en estas redes a lanzar mensajes y a recibirlos, también. ¡Vamos a la batalla ideológica en todos los espacios; revolución en todos los espacios!", manifestó junto a su colega boliviano, de visita oficial en Venezuela.
Evo, te invito; Fidel, te invito a que nos metamos en estas redes a lanzar mensajes y a recibirlos, tambiénEl gobernante venezolano señaló que desde que hace dos días abrió su cuenta "@chavezcandanga" tiene registrados a más de 100.000 seguidores (a pesar de que sólo ha escrito dos tweets en dos días), y que un 99% de los mensajes que ha recibido son "de saludos, de reflexión y de mucho humor". También algunos mensajes de "víctimas del odio", que "me critican y otros me insultan", admitió.
"¡Pero qué me importa a mi si es un contacto con el mundo!", dijo y agregó que si bien la mayoría de los mensajes que ha recibido han sido escritos en Venezuela, también los hay "de Rusia, de China, no, de China no, de Europa, de EE UU". "Agradezco mucho, incluso a quienes me insultan por ahí; yo les devuelvo este corazón que es para todos", dijo y detalló que también ha recibido mensajes críticos por el solo hecho de usar "esta arma capitalista".
"Alguien decía que Chávez es capitalista porque usa esta arma capitalista, ¡Esto no es capitalista ni socialista, depende del uso que se le dé!", exclamó, antes de recordar que su Gobierno ha declarado Internet de interés nacional.
La batalla mediática
El Gobierno de Chávez, que mantiene una presencia constante en medios tradicionales como televisión, radio y prensa, ha decidido enfrentar a la oposición en un terreno novedoso como es el de las redes sociales del ciberespacio. Dentro de esta "batalla mediática" se encuentra también las llamadas "guerrillas comunicacionales", que tienen como objetivo enfrentar la "desinformación" que promueven los medios informativos privados, según el Gobierno.
La batalla mediática debe librarse todos los días. Tenemos que enfrentar al silencio mediático
La iniciativa está dirigida especialmente a estudiantes y jóvenes y se desplegará a través de Internet, la telefonía móvil, murales, actividades artísticas y culturales y medios alternativos de comunicación como las radios y las televisiones comunales. "La batalla mediática debe librarse todos los días. Tenemos que enfrentar al silencio mediático", dijo Chávez semanas atrás en su programa dominical "¡Aló Presidente!".
En marzo pasado, Chávez solicitó apoyo de la Fiscalía General para actuar contra "delitos" en páginas web, después de que un foro publicara la falsa muerte de uno de sus ministros, lo que desde la oposición se interpretó como un intento de "poner bozal" a la web.
"La Internet no puede ser una cosa libre, cada país tiene sus normas, la regulación y las leyes. Todas esas páginas tienen un administrador y hay que actuar en esto", dijo entonces Chávez, que ahora ha cambiado de opinión y ha optado por contraatacar en este nuevo terreno.
Ya tiene más de 100.000 seguidores en su cuenta.
Cree que la batalla mediática hay que llevarla a las redes sociales.
Algunos le han acusado de estar usando un arma capitalista.
El presidente venezolano, Hugo Chávez, invitó "a todos los revolucionarios", entre ellos al presidente de Bolivia, Evo Morales, y al líder cubano Fidel Castro, a usar la red social Twitter "para la batalla ideológica".
"Evo, te invito; Fidel, te invito a que nos metamos en estas redes a lanzar mensajes y a recibirlos, también. ¡Vamos a la batalla ideológica en todos los espacios; revolución en todos los espacios!", manifestó junto a su colega boliviano, de visita oficial en Venezuela.
Evo, te invito; Fidel, te invito a que nos metamos en estas redes a lanzar mensajes y a recibirlos, tambiénEl gobernante venezolano señaló que desde que hace dos días abrió su cuenta "@chavezcandanga" tiene registrados a más de 100.000 seguidores (a pesar de que sólo ha escrito dos tweets en dos días), y que un 99% de los mensajes que ha recibido son "de saludos, de reflexión y de mucho humor". También algunos mensajes de "víctimas del odio", que "me critican y otros me insultan", admitió.
"¡Pero qué me importa a mi si es un contacto con el mundo!", dijo y agregó que si bien la mayoría de los mensajes que ha recibido han sido escritos en Venezuela, también los hay "de Rusia, de China, no, de China no, de Europa, de EE UU". "Agradezco mucho, incluso a quienes me insultan por ahí; yo les devuelvo este corazón que es para todos", dijo y detalló que también ha recibido mensajes críticos por el solo hecho de usar "esta arma capitalista".
"Alguien decía que Chávez es capitalista porque usa esta arma capitalista, ¡Esto no es capitalista ni socialista, depende del uso que se le dé!", exclamó, antes de recordar que su Gobierno ha declarado Internet de interés nacional.
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El Gobierno de Chávez, que mantiene una presencia constante en medios tradicionales como televisión, radio y prensa, ha decidido enfrentar a la oposición en un terreno novedoso como es el de las redes sociales del ciberespacio. Dentro de esta "batalla mediática" se encuentra también las llamadas "guerrillas comunicacionales", que tienen como objetivo enfrentar la "desinformación" que promueven los medios informativos privados, según el Gobierno.
La batalla mediática debe librarse todos los días. Tenemos que enfrentar al silencio mediático
La iniciativa está dirigida especialmente a estudiantes y jóvenes y se desplegará a través de Internet, la telefonía móvil, murales, actividades artísticas y culturales y medios alternativos de comunicación como las radios y las televisiones comunales. "La batalla mediática debe librarse todos los días. Tenemos que enfrentar al silencio mediático", dijo Chávez semanas atrás en su programa dominical "¡Aló Presidente!".
En marzo pasado, Chávez solicitó apoyo de la Fiscalía General para actuar contra "delitos" en páginas web, después de que un foro publicara la falsa muerte de uno de sus ministros, lo que desde la oposición se interpretó como un intento de "poner bozal" a la web.
"La Internet no puede ser una cosa libre, cada país tiene sus normas, la regulación y las leyes. Todas esas páginas tienen un administrador y hay que actuar en esto", dijo entonces Chávez, que ahora ha cambiado de opinión y ha optado por contraatacar en este nuevo terreno.
La sentencia P2P: más leña al fuego
La sentencia P2P: más leña al fuego
Recientemente, el Juzgado de lo Mercantil nº 7 de Barcelona ha eximido de responsabilidad a una página web con enlaces a redes P2P. Entiende el Juzgado, que mediante dichas actividades de linking únicamente se ofrece a los usuarios la posibilidad de descargas de contenidos sin que por ello se esté produciendo una vulneración de la normativa de propiedad intelectual.
Asimismo, la sentencia establece que las redes P2P no encuentran acomodo claro y específico en los comportamientos que prohíbe la normativa de propiedad intelectual, considerándolas “meras redes de transmisión de datos entre particulares usuarios de Internet”.
Esta sentencia llama la atención teniendo en cuenta que el pasado 9 de diciembre de 2009 el Tribunal Supremo constató la responsabilidad de un prestador de servicios de alojamiento por albergar en su página web enlaces a otras páginas en las que se atentaba contra el honor de la SGAE y de su presidente.
En aquella ocasión, el Supremo consideró que el “conocimiento efectivo” acerca de la ilicitud de una conducta o de la lesión de bienes o derechos de terceros (elemento clave para determinar la existencia de responsabilidad bajo el régimen de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información-LSSI) podía adquirirse por vías alternativas a las de un pronunciamiento judicial previo.
Con ello, los prestadores de servicios de intermediación (esto es, aquellas entidades que en el entorno de Internet ofrecen, entre otros, servicios de alojamiento de información a terceros o facilitan enlaces a contenidos de terceros o instrumentos de búsqueda) cargarían con la responsabilidad de la ilicitud de contenidos de terceros, aun en la ausencia de una resolución judicial, en aquellos supuestos en que tuviesen conocimiento de los mismos por otros cauces y no procediesen a su retirada o impidiesen el acceso a los mismos.
Sorprende, por tanto, que el Juzgado de lo Mercantil de Barcelona haya dictaminado ahora, con carácter posterior al pronunciamiento del Tribunal Supremo, que un prestador que ofrece a los usuarios enlaces a redes P2P no debe ser considerado responsable por dichos contenidos. La gran diferencia entre la sentencia del Tribunal Supremo y la del Juzgado de lo Mercantil estriba, a nuestro juicio, en que ésta última no ha tenido prácticamente en cuenta las previsiones de la LSSI, es decir, determinar la existencia de ese “conocimiento efectivo”, sino que se centra en el análisis, ya se verá si con acierto o no, de los elementos de propiedad intelectual que entran en juego en las actividades de las redes P2P, llegando a la conclusión de que no existe infracción de los mismos.
Mientras que los tribunales, hasta el momento, se inclinaban por la aplicación de la LSSI para dilucidar la existencia o no de responsabilidad por parte de un prestador de servicios de intermediación, el Juzgado de lo Mercantil va más allá al plantearse la licitud o ilicitud de las actividades en cuestión. El pronunciamiento del citado juzgado no resulta pues necesariamente contrario al del Supremo, sino que enfoca el asunto desde una perspectiva novedosa en relación con la argumentación jurídica seguida hasta el momento en las escasas resoluciones jurídicas sobre responsabilidad de los prestadores de servicios de intermediación.
No obstante, este último pronunciamiento judicial abre un nuevo frente al ya de por si complicado proceso para acreditar la vulneración de derechos de propiedad intelectual. Resultará interesante constatar en qué medida esta posible tendencia marcada por este Juzgado se verá afectada o superada una vez entren en vigor las disposiciones de la Ley de Economía Sostenible en pro de la salvaguarda de los derechos de autor y las decisiones que a este respecto adopte la ya famosa “Sección Segunda” del Ministerio de Cultura.
Recientemente, el Juzgado de lo Mercantil nº 7 de Barcelona ha eximido de responsabilidad a una página web con enlaces a redes P2P. Entiende el Juzgado, que mediante dichas actividades de linking únicamente se ofrece a los usuarios la posibilidad de descargas de contenidos sin que por ello se esté produciendo una vulneración de la normativa de propiedad intelectual.
Asimismo, la sentencia establece que las redes P2P no encuentran acomodo claro y específico en los comportamientos que prohíbe la normativa de propiedad intelectual, considerándolas “meras redes de transmisión de datos entre particulares usuarios de Internet”.
Esta sentencia llama la atención teniendo en cuenta que el pasado 9 de diciembre de 2009 el Tribunal Supremo constató la responsabilidad de un prestador de servicios de alojamiento por albergar en su página web enlaces a otras páginas en las que se atentaba contra el honor de la SGAE y de su presidente.
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Con ello, los prestadores de servicios de intermediación (esto es, aquellas entidades que en el entorno de Internet ofrecen, entre otros, servicios de alojamiento de información a terceros o facilitan enlaces a contenidos de terceros o instrumentos de búsqueda) cargarían con la responsabilidad de la ilicitud de contenidos de terceros, aun en la ausencia de una resolución judicial, en aquellos supuestos en que tuviesen conocimiento de los mismos por otros cauces y no procediesen a su retirada o impidiesen el acceso a los mismos.
Sorprende, por tanto, que el Juzgado de lo Mercantil de Barcelona haya dictaminado ahora, con carácter posterior al pronunciamiento del Tribunal Supremo, que un prestador que ofrece a los usuarios enlaces a redes P2P no debe ser considerado responsable por dichos contenidos. La gran diferencia entre la sentencia del Tribunal Supremo y la del Juzgado de lo Mercantil estriba, a nuestro juicio, en que ésta última no ha tenido prácticamente en cuenta las previsiones de la LSSI, es decir, determinar la existencia de ese “conocimiento efectivo”, sino que se centra en el análisis, ya se verá si con acierto o no, de los elementos de propiedad intelectual que entran en juego en las actividades de las redes P2P, llegando a la conclusión de que no existe infracción de los mismos.
Mientras que los tribunales, hasta el momento, se inclinaban por la aplicación de la LSSI para dilucidar la existencia o no de responsabilidad por parte de un prestador de servicios de intermediación, el Juzgado de lo Mercantil va más allá al plantearse la licitud o ilicitud de las actividades en cuestión. El pronunciamiento del citado juzgado no resulta pues necesariamente contrario al del Supremo, sino que enfoca el asunto desde una perspectiva novedosa en relación con la argumentación jurídica seguida hasta el momento en las escasas resoluciones jurídicas sobre responsabilidad de los prestadores de servicios de intermediación.
No obstante, este último pronunciamiento judicial abre un nuevo frente al ya de por si complicado proceso para acreditar la vulneración de derechos de propiedad intelectual. Resultará interesante constatar en qué medida esta posible tendencia marcada por este Juzgado se verá afectada o superada una vez entren en vigor las disposiciones de la Ley de Economía Sostenible en pro de la salvaguarda de los derechos de autor y las decisiones que a este respecto adopte la ya famosa “Sección Segunda” del Ministerio de Cultura.
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