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Terroristas, pederastas y corruptos, los objetivos del nuevo Código Penal
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Terroristas, pederastas y corruptos, los objetivos del nuevo Código Penal
Terroristas, pederastas y corruptos, los objetivos del nuevo Código Penal
Una nueva reforma del Código Penal está a punto de concretarse. Temas como terrorismo, pederastia y corrupción son los principales puntos del proyecto que ya recibió el visto bueno del Congreso de los Diputados. Sólo resta que el Senado también dé su aprobación a la normativa. Serán entonces 27 modificaciones desde su entrada en vigor en el año 1995. El 'top manta' y la reincidencia en los robos de menos de 400 euros también fueron incluidos. Se tipifican nuevos delitos.
Cuando entre en vigor la nueva legislación agravará las penas para los casos de corrupción, de terrorismo y de pederastas reincidentes. Los condenados por estos delitos podrán ser sometidos a libertad vigilada revisable una vez cumplida su condena.
Corrupción
La normativa aprobada hoy en el Congreso tipifica como delito el soborno entre particulares. Además, prevé la responsabilidad penal de las personas jurídicas. Éstas responderán cuando sean permisivas con conductas ilegales ocurridas en su seno.
Para los casos en que cargos públicos sean condenados por delitos de corrupción aumentan las penas. Siempre tendrán condenas de cárcel y no sólo de multa o inhabilitación. Cuando se traten delitos urbanísticos se castigarán con hasta cuatro años de prisión las obras ilegales y a las autoridades que las amparen.
Libertad vigilada
El proyecto establece una serie de medidas de control extraordinarias para terroristas y delincuentes sexuales -especialmente pederastas-, entre las que se incluye la libertad vigilada de hasta diez años revisable una vez cumplida la condena. La medida incluye el seguimiento telemático del delincuente, que estará siempre localizado, y la prohibición de aproximarse a sus víctimas.
Además, se contempla la "imprescriptibilidad" de los asesinatos terroristas. Los pederastas y terroristas condenados a más de cinco años de cárcel no podrán acceder al tercer grado hasta cumplir la mitad de la condena.
Protección de los menores
Para aumentar la protección de las víctimas se endurecen las penas por abusos a menores, que llegarán a los quince años de prisión. También se introduce la posibilidad de privar de la patria potestad a los padres para proteger al menor. También se tipifica como delito la captación de niños para participar en espectáculos pornográficos.
'Manteros', 'okupas' y 'grafiteros'
La reforma suprime las penas de prisión para delitos de venta de material audiovisual ilegal -el 'top manta'- cuando el beneficio no supere los 400 euros. Sin embargo, aumenta el castigo para los 'okupas' y los 'grafiteros'.
Las ocupaciones violentas de bienes inmuebles podrán castigarse con prisión de uno a dos años, cuando hasta ahora sólo tenían multa económica. Se penará con localización permanente de dos a seis días o trabajos en beneficio de la comunidad a quienes hagan pintadas o 'grafitis' en bienes muebles de dominio público o privado.
Multirreincidencia
Una de las novedades del proyecto, incluida a propuesta de CiU, ha sido el endurecimiento del castigo para los hurtos reiterados. De esta forma, los autores de pequeños robos -de menos de 400 euros- reincidentes podrán ser condenados a penas de cárcel a cumplir durante el fin de semana. Además, se contempla la creación de un registro de este tipo de faltas.
Tráfico
Conducir por encima de la velocidad permitida en 60 kilómetros por hora en vías urbanas o en 80 en interurbanas, o bajo los efectos de alcohol o drogas, se castigará con penas de prisión de tres a seis meses, con multa de seis a doce meses o con trabajos en beneficio de la comunidad.
La posibilidad de elegir entre tres penas distintas pretende evitar tanto la masificación de las cárceles por el aumento de los delitos de tráfico como la prescripción de los mismos.
Nuevos delitos
Las labores de captación, adoctrinamiento, adiestramiento y cualquier forma de financiación del terrorismo, la piratería marítima y aérea, el acoso laboral e inmobiliario, los sobornos y fraudes en el deporte, los ataques informáticos y el tráfico ilegal de órganos se consideran delito en la reforma.
En el caso de la piratería, apoderarse de un barco o de un avión se castigará con hasta 15 años de prisión. Mientras tanto, los casos de acoso laboral o inmobiliario llevarán aparejada una pena de hasta tres años de cárcel.
En materia de medioambiente, el traslado ilegal de residuos, la explotación de instalaciones en las que se realice una actividad peligrosa y la destrucción de grave alteración del hábitat por la caza o la pesca de especies amenazadas se considerarán delito.
Se tipifica de forma específica la trata de personas y se refuerza la protección penal a las mujeres y a los 'niños soldado' en los conflictos armados. Se castiga expresamente a quienes atenten contra la libertad sexual de una persona protegida o recluten o alisten a menores para participar en esos conflictos.
Por último, y para evitar la "desocialización", se introduce la posibilidad de sustituir las penas privativas de libertad de corta duración, es decir, de hasta seis meses de cárcel. Éstas podrán reemplazarse por la de localización permanente.
Una nueva reforma del Código Penal está a punto de concretarse. Temas como terrorismo, pederastia y corrupción son los principales puntos del proyecto que ya recibió el visto bueno del Congreso de los Diputados. Sólo resta que el Senado también dé su aprobación a la normativa. Serán entonces 27 modificaciones desde su entrada en vigor en el año 1995. El 'top manta' y la reincidencia en los robos de menos de 400 euros también fueron incluidos. Se tipifican nuevos delitos.
Cuando entre en vigor la nueva legislación agravará las penas para los casos de corrupción, de terrorismo y de pederastas reincidentes. Los condenados por estos delitos podrán ser sometidos a libertad vigilada revisable una vez cumplida su condena.
Corrupción
La normativa aprobada hoy en el Congreso tipifica como delito el soborno entre particulares. Además, prevé la responsabilidad penal de las personas jurídicas. Éstas responderán cuando sean permisivas con conductas ilegales ocurridas en su seno.
Para los casos en que cargos públicos sean condenados por delitos de corrupción aumentan las penas. Siempre tendrán condenas de cárcel y no sólo de multa o inhabilitación. Cuando se traten delitos urbanísticos se castigarán con hasta cuatro años de prisión las obras ilegales y a las autoridades que las amparen.
Libertad vigilada
El proyecto establece una serie de medidas de control extraordinarias para terroristas y delincuentes sexuales -especialmente pederastas-, entre las que se incluye la libertad vigilada de hasta diez años revisable una vez cumplida la condena. La medida incluye el seguimiento telemático del delincuente, que estará siempre localizado, y la prohibición de aproximarse a sus víctimas.
Además, se contempla la "imprescriptibilidad" de los asesinatos terroristas. Los pederastas y terroristas condenados a más de cinco años de cárcel no podrán acceder al tercer grado hasta cumplir la mitad de la condena.
Protección de los menores
Para aumentar la protección de las víctimas se endurecen las penas por abusos a menores, que llegarán a los quince años de prisión. También se introduce la posibilidad de privar de la patria potestad a los padres para proteger al menor. También se tipifica como delito la captación de niños para participar en espectáculos pornográficos.
'Manteros', 'okupas' y 'grafiteros'
La reforma suprime las penas de prisión para delitos de venta de material audiovisual ilegal -el 'top manta'- cuando el beneficio no supere los 400 euros. Sin embargo, aumenta el castigo para los 'okupas' y los 'grafiteros'.
Las ocupaciones violentas de bienes inmuebles podrán castigarse con prisión de uno a dos años, cuando hasta ahora sólo tenían multa económica. Se penará con localización permanente de dos a seis días o trabajos en beneficio de la comunidad a quienes hagan pintadas o 'grafitis' en bienes muebles de dominio público o privado.
Multirreincidencia
Una de las novedades del proyecto, incluida a propuesta de CiU, ha sido el endurecimiento del castigo para los hurtos reiterados. De esta forma, los autores de pequeños robos -de menos de 400 euros- reincidentes podrán ser condenados a penas de cárcel a cumplir durante el fin de semana. Además, se contempla la creación de un registro de este tipo de faltas.
Tráfico
Conducir por encima de la velocidad permitida en 60 kilómetros por hora en vías urbanas o en 80 en interurbanas, o bajo los efectos de alcohol o drogas, se castigará con penas de prisión de tres a seis meses, con multa de seis a doce meses o con trabajos en beneficio de la comunidad.
La posibilidad de elegir entre tres penas distintas pretende evitar tanto la masificación de las cárceles por el aumento de los delitos de tráfico como la prescripción de los mismos.
Nuevos delitos
Las labores de captación, adoctrinamiento, adiestramiento y cualquier forma de financiación del terrorismo, la piratería marítima y aérea, el acoso laboral e inmobiliario, los sobornos y fraudes en el deporte, los ataques informáticos y el tráfico ilegal de órganos se consideran delito en la reforma.
En el caso de la piratería, apoderarse de un barco o de un avión se castigará con hasta 15 años de prisión. Mientras tanto, los casos de acoso laboral o inmobiliario llevarán aparejada una pena de hasta tres años de cárcel.
En materia de medioambiente, el traslado ilegal de residuos, la explotación de instalaciones en las que se realice una actividad peligrosa y la destrucción de grave alteración del hábitat por la caza o la pesca de especies amenazadas se considerarán delito.
Se tipifica de forma específica la trata de personas y se refuerza la protección penal a las mujeres y a los 'niños soldado' en los conflictos armados. Se castiga expresamente a quienes atenten contra la libertad sexual de una persona protegida o recluten o alisten a menores para participar en esos conflictos.
Por último, y para evitar la "desocialización", se introduce la posibilidad de sustituir las penas privativas de libertad de corta duración, es decir, de hasta seis meses de cárcel. Éstas podrán reemplazarse por la de localización permanente.
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