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Mensaje por aire Dom Mayo 15, 2011 12:33 am

A LA DEPENDENCIA REGIONAL DE GESTION TRIBUTARIA DE LA AEAT DE ________________
D. /DÑA _______________________________________, mayor de edad, con domicilio en____________ ____________________________________________________________ de _______ _______________ y con documento nacional de identidad nº ____________________, ante este órgano comparece y
DICE:
Que a medio del presente escrito y al amparo del art. 17.1 del Real Decreto 520/2005 intereso el
RECONOMICIMIENTO DEL DERECHO A LA DEVOLUCIÓN DE INGRESOS INDEBIDOS POR ELCONCEPTO DE IRPF
derivada de la autoliquidación practicada para el
EJERCICIO IMPOSITIVOCORRESPONDIENTE AL AÑO
____________,
CON Nº DE REFERENCIA
_________ ______________________, y en base a los siguientes hechos y fundamentos de derecho.
HECHOS
PRIMERO

.- Que el actor vino prestando sus servicios para la empresa_____________________________ ___________________________________, con Nif nº ___________________ y con la categoríaprofesional de ______________________, con una antigüedad referida al _________________________.Se adjunta contrato de trabajo acreditativo del anterior extremo.
SEGUNDO
.- Que con fecha _____________________ se produjo el cese en la adjudicación de losservicios contratados de la empresa señalada en el ordinal anterior, siendo la nueva empresa adjudicataria ____________________________ con cif nº ________________.Se adjunta documento acreditativo del anterior extremo.
TERCERO
.- Que como consecuencia de lo anteriormente expuesto esta última se subrogó en el contratode trabajo que el actor mantenía con la primera de las empresas señaladas al formar parte del servicioobjeto de subrogación.Se adjunta documento acreditativo del anterior extremo.
CUARTO
.- Que el actor, y como consecuencia de lo anteriormente expuesto, presentó autoliquidación delimpuesto del IRPF de ejercicio impositivo correspondiente al año__________, con nº de autoliquidación ________________________ y por un importe de cuota diferencial de ____________________ euros.Se adjunta copia de la autoliquidación señalada.
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FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

.-El artículo 96 de la Ley 35/2006, de 25 de noviembre del Impuesto sobre la Renta de lasPersonas físicas exime de la obligación de declarar a los contribuyentes que obtengan rentas por rendimientos del trabajo por importe que no exceda de 22.000 euros anuales, salvo que procedan de másde un pagador, en cuyo caso el límite será de 10.000 euros, siempre que las cantidades percibidas delsegundo y restantes paga-dores, superen en su conjunto la cantidad de 1.500 euros anuales,manteniéndose en 22.000 euros anuales en el supuesto de que no se superase aquella cantidad.
SEGUNDO
.- Por tanto en el presente supuesto, la cuestión se reduce a determinar si la existencia de laconsideración de uno o dos pagadores al objeto de aplicar los límites para el nacimiento de la obligaciónde declarar, y en este sentido, es necesario recordar que el Convenio Colectivo Estatal de las empresasde seguridad (2005-20008) – Boe 10-06-05 – previene en su artículo 14 que “Cuando una empresa ceseen la adjudicación de los servicios contratados (…) la nueva empresa adjudicataria está, en todo caso,obligada a subrogarse en los contratos de los trabajadores adscritos a dicho contrato y lugar de trabajo” loque lleva a concluir que dicha subrogación, y a efectos del Impuesto sobre la Renta de las PersonasFísicas, hace mantener la condición de mismo empleador a la nueva empresa adjudicataria del servicio, noproduciéndose, en suma, la existencia de más de un pagador a los efectos del límite determinante de laobligación de declarar, cuestión, además, que ya ha sido resuelta por consultas tributarias vinculantes aesta Administración (V2514-07 entre otras muchas)Por lo expuesto,

SOLICITA
que por presentado este escrito con sus copias y documentos adjuntos, se admita, tenga por instado procedimiento para el reconocimiento del derecho a la devolución por ingresos indebidos por elconcepto de IRPF correspondiente al periodo impositivo del año __________, y en su día dicte resoluciónpor la que reconociendo el anterior derecho acuerde la devolución de lo indebidamente ingresado en lacuantía que proceda.
OTROSI DICE
: Que a los efectos del art. 17.2 b) del Real Decreto 520/2005 se señala como medio elegidopara la devolución el de transferencia bancaria a la entidad financiera de crédito _____________________________________________________________________ con nº de cuenta ___________________________________________.NUEVAMENTE SOLICITA que tenga por hecha la antecedente manifestación a los efectos oportunos.En _____________ a ____de ________________ de 2011
http://www.ugtseguridadaragon.es
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