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"tubérculo ó ver tu culo" NO es lo mismo
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"tubérculo ó ver tu culo" NO es lo mismo
Compañeros cabe recordar de que estamos ante un posible conflicto, planteado por la Patronal y sus ansias generadoras de dinero a costa de lo que sea, por ejemplo "pagar menos" y facturar más ó menos pero que la carga vaya para los empleados, GANAR MENOS DE LO PREVISTO NO SON PERDIDAS señores empresarios y afines, no es lo mismo "tuberculo que ver tu culo" y se los estamos viendo señores, ante sus propuestas:
En la anunciada reunión, en la que han participado las habituales representaciones Empresariales y Sindicales, la Patronal ha intentado justificar un descuelgue salarial para todo el sector y una dilatación del Convenio prolongando su vigencia hasta el 31 de Diciembre de 2014.
Para sus pretensiones, la Patronal apela a la "Comisión Negociadora del Convenio" 2009-2012 proponiendo las siguientes alternativas:
a) Ampliación de la Jornada con Incremento de Salario:
2012: 1826 horas anuales e incremento salarial del IPC de 2011+2 puntos.
2013: 1804 horas anuales e incremento salarial de 1%.
2014: 1782 horas anuales e incremento salarial del 1%.
b) Incremento Salarial sin Incremento de Jornada:
Año 2012: Incremento del IPC de 2011.
Año 2013: Incremento salarial 1% (Recuperación) + 0,50 puntos.
Año 2014: Incremento salarial 1% (Recuperación) + 1 punto.
c) Aplicación de lo firmado en convenio con aplicación 1 de julio 2012:
Año 2012: Incremento salarial pactado a partir del 1 de julio 2012.
Año 2103: Sin subida (Se mantine la retribución de 2012.
Año 2014: Recuperación remuneración no aplicada primer semestre 2012 + 1 punto.
De momento,los sindicatos presentes no se han pronunciado respecto a las propuestas presentadas y si han manifestado que para tales cuestiones no debe apelarse a la Mesa Negociadora del Convenio, ya que esa comisión quedó disuelta y sin efecto una vez que quedo firmado el convenio 2009-2012 (15 deDiciembre de 2010); siendo competente para asuntos que afecten al convenio en vigor LA COMISION PARITARIA DEL CONVENIO.
Por otro lado, cabe decir que en base al Art. 83 del Convenio,La Patronal no puede pretender un descuelgue generalizado del sector.
Este articulo observa la posibilidad de inaplicación de las tablas salariales para las empresas que acrediten objetiva y fehacientemente situaciones de deficit o perdidas mantenidas en los tres ejercicios anteriores, teniendo en cuenta además las previsiones de viabilidad del año en curso.
Pero, ¡OJO! Perdidas son perdidas, es decir, un resultado negativo entre gastos en ingresos; GANAR MENOS DE LO PREVISTO NO SON PERDIDAS
Las empresas que se encontraran en una situación real que les posibilite recurrir al Descuelgue Salarial, podrán solicitar a la Comision Paritaria dicho descuelgue, el cual seria aplicado si finalmente se acredita que concurren las circunstancias para ello; pero de hay a que se pretenda descolgar a todo el sector, mas bien parece que las empresas quieran mantener sus margenes de beneficio a costa del trabajador.
COMPAÑERO DISTRIBUYE Y DIFUNDE ESTA PROPUESTA ENTRE LOS COMPAÑEROS
En la anunciada reunión, en la que han participado las habituales representaciones Empresariales y Sindicales, la Patronal ha intentado justificar un descuelgue salarial para todo el sector y una dilatación del Convenio prolongando su vigencia hasta el 31 de Diciembre de 2014.
Para sus pretensiones, la Patronal apela a la "Comisión Negociadora del Convenio" 2009-2012 proponiendo las siguientes alternativas:
a) Ampliación de la Jornada con Incremento de Salario:
2012: 1826 horas anuales e incremento salarial del IPC de 2011+2 puntos.
2013: 1804 horas anuales e incremento salarial de 1%.
2014: 1782 horas anuales e incremento salarial del 1%.
b) Incremento Salarial sin Incremento de Jornada:
Año 2012: Incremento del IPC de 2011.
Año 2013: Incremento salarial 1% (Recuperación) + 0,50 puntos.
Año 2014: Incremento salarial 1% (Recuperación) + 1 punto.
c) Aplicación de lo firmado en convenio con aplicación 1 de julio 2012:
Año 2012: Incremento salarial pactado a partir del 1 de julio 2012.
Año 2103: Sin subida (Se mantine la retribución de 2012.
Año 2014: Recuperación remuneración no aplicada primer semestre 2012 + 1 punto.
De momento,los sindicatos presentes no se han pronunciado respecto a las propuestas presentadas y si han manifestado que para tales cuestiones no debe apelarse a la Mesa Negociadora del Convenio, ya que esa comisión quedó disuelta y sin efecto una vez que quedo firmado el convenio 2009-2012 (15 deDiciembre de 2010); siendo competente para asuntos que afecten al convenio en vigor LA COMISION PARITARIA DEL CONVENIO.
Por otro lado, cabe decir que en base al Art. 83 del Convenio,La Patronal no puede pretender un descuelgue generalizado del sector.
Este articulo observa la posibilidad de inaplicación de las tablas salariales para las empresas que acrediten objetiva y fehacientemente situaciones de deficit o perdidas mantenidas en los tres ejercicios anteriores, teniendo en cuenta además las previsiones de viabilidad del año en curso.
Pero, ¡OJO! Perdidas son perdidas, es decir, un resultado negativo entre gastos en ingresos; GANAR MENOS DE LO PREVISTO NO SON PERDIDAS
Las empresas que se encontraran en una situación real que les posibilite recurrir al Descuelgue Salarial, podrán solicitar a la Comision Paritaria dicho descuelgue, el cual seria aplicado si finalmente se acredita que concurren las circunstancias para ello; pero de hay a que se pretenda descolgar a todo el sector, mas bien parece que las empresas quieran mantener sus margenes de beneficio a costa del trabajador.
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